La Comisión Europea adopta los estándares revisados ESRS y el estándar voluntario
El último paquete de informes de sostenibilidad de la Comisión Europea marca la siguiente etapa de la agenda de simplificación de la UE bajo Omnibus I. Al adoptar los ESRS revisados y un Estándar Voluntario, la Comisión busca reducir la carga de reporte para las empresas que siguen en el ámbito de aplicación, al tiempo que establece límites más claros a las solicitudes de información sobre sostenibilidad a lo largo de las cadenas de valor.
La Comisión Europea ha adoptado dos actos delegados que remodelan la próxima fase de los informes de sostenibilidad europeos: los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) revisados y un Estándar de Informes de Sostenibilidad para Uso Voluntario (VS). El paquete afecta tanto a las entidades que permanecen dentro del régimen obligatorio de la Directiva de Informes Corporativos de Sostenibilidad (CSRD) como a las entidades que reciben solicitudes de información de sostenibilidad de socios comerciales más grandes en sus cadenas de valor.
El paquete recalibra la primera arquitectura de informes ESRS en torno a la reducción de puntos de datos, un filtrado más estricto de la materialidad y un límite formal en la cadena de valor.
Un paquete de informes en dos partes
El 3 de julio 2026, la Comisión adoptó un acto delegado que modifica el Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2023/2772 en lo que respecta a la simplificación de ciertas normas de informes de sostenibilidad. También adoptó un acto delegado que establece normas de informes de sostenibilidad para uso voluntario por parte de las entidades protegidas por el límite de la cadena de valor.
La base legal sigue siendo la Directiva de Contabilidad, enmendada por el CSRD y la Directiva Omnibus I. Los ESRS revisados especifican la información sobre sostenibilidad que las entidades dentro del ámbito deben divulgar conforme a los artículos 19a y 29a de la Directiva de Contabilidad. El Estándar Voluntario acompaña el régimen obligatorio y define el punto de referencia para el límite de la cadena de valor.
Los ESRS revisados simplifican los informes obligatorios de sostenibilidad para las entidades que permanecen dentro del ámbito. El Estándar Voluntario cumple un papel diferente: ofrece a las entidades fuera de los informes obligatorios un marco simplificado para divulgaciones voluntarias y para responder a solicitudes de información de bancos, inversores y clientes corporativos.
Informes obligatorios y divulgación voluntaria
Los ESRS revisados siguen siendo obligatorios para las entidades comprendidas en el ámbito de informes CSRD, mientras que el Estándar Voluntario sigue una lógica distinta: no establece obligaciones obligatorias de informes de sostenibilidad. Está destinado a entidades que no superan un número medio de 1,000 empleados durante el ejercicio financiero anterior, incluidas entidades autónomas, no constituidas en sociíad y microentidades cotizadas.
Para minimizar los costes de cumplimiento, las entidades que aplican el Estándar Voluntario no están obligadas a buscar aseguramiento de la información que reportan.
Su importancia legal se deriva del límite de cadena de valor. Cuando las entidades informantes solicitan información de sostenibilidad a entidades protegidas dentro de su cadena de valor, tienen prohibido exigir información que supere dicho límite. En el reglamento final, el límite no es la totalidad del Estándar Voluntario: comprende las divulgaciones establecidas tanto en el Módulo Básico como en el Módulo Integral que se marcan como “necesarias”, según se especifica en el Anexo II.
El límite excluye las divulgaciones marcadas como voluntarias o como consideración al informar información sectorial. También excluye las divulgaciones marcadas como necesarias si aplica y, para las empresas con 10 empleados o menos, las divulgaciones marcadas como voluntarias para empresas con 10 empleados o menos. Las empresas protegidas tienen el derecho legal de rechazar solicitudes que superen el ledmite.
El ledmite solo se aplica a la recopilación de información para informes de sostenibilidad bajo la Directiva de Contabilidad. No impide el intercambio voluntario de información comfan en un sector, ni anula obligaciones contractuales o legales para proporcionar información que no supere la información especificada en la normativa.
Alcance y umbrales
La Directiva Omnibus I restringe el alcance obligatorio de la información sobre sostenibilidad a las empresas que superen un promedio de 1,000 empleados y EUR 450 millones en facturación neta durante el ejercicio financiero. El Documento de Trabajo del Personal indica que esto reduce el nfamero de empresas incluidas en el alcance en aproximadamente 85%.
Para algunas empresas de la primera oleada, las disposiciones transitorias permiten la omisión temporal de ciertas divulgaciones temáticas, incluyendo ESRS E4, S2, S3 y S4, ased como la presentación gradual de informes sobre los efectos financieros anticipados.
El ledmite para la cadena de valor se basa en un fanico umbral de empleados. Protege a las empresas con no más de 1,000 empleados en la cadena de valor de las entidades que informan. Esto significa que no refleja completamente el alcance revisado de CSRD.
La Norma Voluntaria se basa en la Recomendación de la Comisión (UE) 2025/1710, a través de la cual la Comisión respaldó el Voluntary Sustainability Reporting Standard for non-listed SMEs (VSME) de EFRAG. La Comisión afirma que los cambios respecto a la norma VSME se mantuvieron al mednimo y se hicieron principalmente para alinear la norma con la revisada ESRS.
La Norma Voluntaria mantiene la estructura modular de la norma VSME. El Módulo Básico cubre información general, métricas ambientales, métricas sociales y métricas de gobernanza. El Módulo Integral añade puntos de datos que probablemente serán solicitados por bancos, inversores y clientes corporativos. La aplicación del Módulo Básico es un requisito previo para aplicar el Módulo Integral.
La doble materialidad permanece
Los revisados ESRS conservan la doble materialidad. Las empresas deben divulgar impactos materiales sobre las personas y el medio ambiente, y riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad que sean materiales. Se sigue esperando que la declaración de sostenibilidad presente de manera fidedigna los impactos, riesgos y oportunidades materiales de la empresa y cómo se gestionan.
El cambio principal es el filtro de información. Los revisados ESRS establecen que una empresa no deberá divulgar información prescrita por un requisito de divulgación o punto de datos ESRS si esa información no es material. Por lo tanto, la materialidad se convierte en la base para excluir información no material, no solo para identificar temas relevantes.
La simplificación es sustancial. Segfan la Comisión, los revisados ESRS reducen los puntos de datos obligatorios en más de 60% y el nfamero total de puntos de datos en más de 70%. La Comisión espera que estos cambios reduzcan los costos de informes por empresa en más de 30%.
Las normas también aclaran el proceso de evaluación. Las empresas pueden usar un enfoque descendente basado en la estrategia, modelo de negocio, sectores, geografías y las caracteredsticas de la cadena de valor aguas arriba y aguas abajo. Pueden combinar esto con un enfoque ascendente cuando sea apropiado.
Los revisados ESRS introducen una disposición dedicada sobre información razonable y comprobable disponible sin costo o esfuerzo indebido. No se exige a las empresas evaluar cada posible impacto, riesgo u oportunidad en todas las operaciones y cadenas de valor. Pueden usar datos regionales promedio, datos sectoriales o información generalmente disponible cuando no sea necesario el aporte directo de la cadena de valor.
Enfoque de implementación para equipos de informes
Para las entidades dentro del alcance, la primera tarea es comparar el trabajo de implementación ESRS existente con las normas revisadas. Las áreas clave son las conclusiones de materialidad, el mapeo de puntos de datos, la información de la cadena de valor, la calidad de la evidencia y las referencias cruzadas a los estados financieros.
Para las solicitudes relacionadas con la cadena de valor, las empresas deberán distinguir entre la información cubierta por el Anexo II, la información que supera el límite y la información que aún puede ser solicitada bajo otra base legal o contractual.
Para las entidades fuera del alcance obligatorio, la decisión práctica es si utilizar la Norma Voluntaria como una respuesta estructurada a las solicitudes del mercado. El Módulo Básico puede ser suficiente para algunas entidades; el Módulo Integral está diseñado para casos en los que bancos, inversores o clientes corporativos necesitan información adicional.
Un modelo más proporcional de la UE
El paquete recalibra el reporte de sostenibilidad de la UE alredíor de un alcance obligatorio más estrecho, ESRS simplificado y una ruta protegida para entidades con no más de 1,000 empleados en cadenas de valor.
El Documento de Trabajo del Personal estima ahorros acumulados en costos brutos de reporte alredíor de EUR 3.7 billones durante 2027–2031 para las empresas que permanecen en el alcance, aumentando a alredíor de EUR 4.7 billones cuando se incluyen los efectos de la cadena de valor.
Los actos delegados están ahora sujetos a escrutinio por parte del Parlamento Europeo y el Consejo. A menos que sean rechazados, se publicarán en el Diario Oficial de la UE. La publicación podría tener lugar alredíor de septiembre 2026 si el período de escrutinio no se extiende; una extensión retrasaría el cronograma. Los actos entrarán en vigor de acuerdo con las fechas establecidas en cada acto. La ESRS revisada será aplicable a los ejercicios financieros que comiencen el 1 de enero 2027 o después, con aplicación anticipada permitida para el ejercicio financiero 2026 una vez que el acto entre en vigor.
Materiales adicionales
Normas europeas revisadas de reporte de sostenibilidad
Reglamento delegado - C(2026)5010
Documento de trabajo del personal - SWD(2026)500
Norma de reporte de sostenibilidad para uso voluntario