Short answer
The answer, before the reasoning
El Artículo 6 del Acuerdo de París es una capa de cooperación y contabilización internacional, no el requisito de MRV corporativo establecido en el Artículo 6 de la Ley del Clima de los EAU. El Artículo 6.2 abarca los enfoques cooperativos y los ITMO; el Artículo 6.4 crea un mecanismo supervisado por la CMNUCC.
Una empresa de los EAU debe confirmar la elegibilidad del proyecto, la aprobación del país anfitrión, cualquier autorización para el uso internacional, el tratamiento de la primera transferencia, el estado del registro y las pruebas del ajuste correspondiente. El MRV nacional o el registro de créditos de los EAU por sí solos no crean estos derechos.
En la práctica
Orientación rápida
| Capa | Qué hace | Qué no hace automáticamente |
|---|---|---|
| Artículo 6 de la Ley del Clima de los EAU | Medición, inventario, presentación de información, reducción, registros de cinco años y verificación a nivel corporativo o de la instalación. | Crear una unidad transferida internacionalmente o un ajuste correspondiente. |
| Registro de créditos de carbono de los EAU | Registrar a los participantes y los créditos elegibles; registrar las operaciones, la disposición y la cancelación. | Convertir cada crédito nacional en un ITMO. |
| Artículo 6.2 de París | Reglas para los enfoques cooperativos y los resultados de mitigación transferidos internacionalmente. | Actuar como un marco de presentación de información para empresas. |
| Artículo 6.4 de París | Mecanismo supervisado por la UNFCCC para actividades aprobadas y A6.4ERs. | Aprobar un proyecto únicamente porque la Parte anfitriona ha presentado requisitos generales de participación. |
En la práctica
Artículo 6.2 y Artículo 6.4
| Característica | Artículo 6.2 | Artículo 6.4 |
|---|---|---|
| Arquitectura | Enfoques cooperativos acordados y comunicados por las Partes participantes. | Mecanismo central supervisado conforme a las normas de la UNFCCC. |
| Concepto de unidad | ITMO, medido en una métrica de GEI o en una métrica permitida no relacionada con los GEI. | Unidad de reducción de emisiones A6.4; las unidades autorizadas pueden utilizarse internacionalmente, mientras que las unidades de contribución a la mitigación tienen un estatus diferente. |
| Aprobación y autorización | La autorización de la Parte identifica la finalidad, las entidades/Partes, la cantidad/el plazo y las condiciones, cuando corresponda. | Aprobación de la actividad por la Parte anfitriona y una declaración sobre el estado de la autorización en el marco del mecanismo. |
| Contabilización | Los ajustes correspondientes evitan la doble contabilización en la contabilización de las NDC de las Partes. | Las A6.4ERs autorizadas se incorporan a la contabilización del Artículo 6; las unidades de contribución a la mitigación no autorizadas no conllevan la misma declaración. |
| Control de la empresa | Confirmar el enfoque cooperativo, la versión de la autorización, los ID de las unidades y los derechos de uso. | Confirmar la aprobación de la actividad, el estado de los participantes, el estado de emisión, la autorización y los registros del registro. |
La arquitectura de tres capas de los EAU
Una empresa debería crear registros separados para el MRV nacional, los créditos de carbono nacionales y las transferencias internacionales. Los registros pueden compartir datos subyacentes, pero cada uno tiene una finalidad jurídica y un punto de control de revisión diferentes.
La autorización es el punto de control decisivo
Un proyecto puede ser técnicamente elegible, estar verificado y haber sido emitido en un registro, y aun así carecer de autorización para utilizarse en relación con la NDC de otra Parte o con otra finalidad internacional de mitigación. A la inversa, una Parte puede definir términos y condiciones, límites, usuarios autorizados o plazos. Por tanto, la empresa necesita el registro real de autorización, no una descripción general de la participación nacional.
• Identificar el uso previsto: cancelación nacional, uso para la NDC del país comprador, aviación internacional u otra finalidad internacional permitida.
• Identificar el programa emisor y el registro subyacente.
• Obtener la aprobación de los EAU como país anfitrión y la referencia de autorización, incluida la versión y los términos.
• Confirmar la cantidad autorizada, las añadas, los sectores, las Partes/entidades y el plazo cuando se especifiquen.
• Documentar el desencadenante de la primera transferencia y la primera transferencia efectiva.
• Hacer seguimiento de la información anual, las tenencias, el uso/cancelación y los ajustes correspondientes.
• Restringir las declaraciones si algún campo está pendiente, no es claro o no cuenta con evidencia.
Mostrar el punto de control documental antes de realizar una declaración de uso internacional.
Qué es realmente un ajuste correspondiente
El Manual de referencia del Artículo 6.2 explica que los ajustes correspondientes no modifican el inventario nacional de GEI. Ajustan un balance de emisiones utilizado para contabilizar una NDC: la Parte transferente añade la cantidad transferida a su balance y la Parte adquirente resta la cantidad que utiliza, siguiendo el método contable aplicable. Se trata de una contabilización a nivel de las Partes, no de un interruptor de software que edite un inventario corporativo de Alcance 1, Alcance 2 o Alcance 3.
Caution
NO DECIR
«El país anfitrión retiró las toneladas de su inventario nacional» o «nuestro inventario empresarial recibe el ajuste correspondiente». Una descripción más segura es que las Partes pertinentes aplican ajustes correspondientes a su contabilidad de las NDC, respaldados por los registros de transferencia autorizada y de presentación de información.
Estado actual de la participación de los EAU: qué demuestra y qué no
• Los Requisitos de participación de la Parte anfitriona de los EAU designan a MOCCAE como la Autoridad Nacional Designada del Artículo 6.4.
• El formulario enumera tipos de actividades que los EAU considerarían aprobar, incluidas las energías renovables, la eficiencia, la descarbonización industrial, los residuos, las soluciones basadas en la naturaleza y otras tecnologías elegibles.
• Las opciones de primera transferencia incluidas con carácter opcional en el formulario público no están cumplimentadas; el formulario no debería tratarse como una regla general de primera transferencia.
• La tabla de enfoques cooperativos de la UNFCCC enumera CA0035, el Mecanismo de Acreditación Conjunta entre Japón y los EAU. La tabla también advierte que la información se presenta tal como fue enviada y puede no haber sido objeto todavía de una revisión técnica por expertos.
• Ninguno de estos registros a nivel nacional sustituye la evidencia específica del proyecto sobre aprobación, autorización, emisión y declaraciones.
El cumplimiento nacional sigue siendo independiente
Una fuente designada debe seguir cumpliendo los requisitos de medición, inventario, presentación de información, reducción y conservación de registros de los EAU aunque participe en el Artículo 6. Asimismo, una empresa puede cumplir con el MRV nacional sin poseer ni transferir ningún crédito de carbono. Los sistemas deberían compartir datos controlados, pero los campos relativos al estado jurídico y las aprobaciones deben mantenerse separados.
Hypothetical scenario
ESCENARIO ILUSTRATIVO
Una empresa industrial de los EAU desarrolla un proyecto solar y recibe unidades en el marco de un programa aprobado. Un comprador japonés quiere utilizar las unidades en el marco del JCM entre Japón y los EAU. La empresa confirma primero el ID del enfoque cooperativo, la aprobación de los EAU, la versión de la autorización, la finalidad y la cantidad autorizadas, la primera transferencia, los ID de las unidades y la cancelación/uso. Hasta que esos registros estén completos, describe el proyecto y el estado de los créditos nacionales, pero no denomina a las unidades ITMOs ni promete un ajuste correspondiente.
Illustrative only. It shows how the decision is made, not wording that can be copied or relied on.
Redacción ilustrativa de la fundamentación de una declaración
«El proyecto está registrado en el [programa] y las unidades constan en el [registro]. El uso en el marco del Artículo 6 del Acuerdo de París se declara únicamente para la cantidad y la finalidad cubiertas por la referencia de autorización de los EAU [ID/versión]. Las declaraciones sobre ajustes correspondientes se refieren a la contabilidad de las NDC a nivel de las Partes y no se presentan como cambios en nuestro inventario corporativo de GEI.»
Errores comunes
• Confundir Article 6 de la legislación de los EAU con Article 6 del Acuerdo de París.
• Tratar por defecto una unidad del registro nacional como un ITMO.
• Utilizar el formulario de la DNA del país anfitrión como carta de aprobación de una actividad.
• Ignorar la versión, el propósito, la cantidad, el plazo o la entidad autorizada de la autorización.
• No identificar el hecho desencadenante de la primera transferencia.
• Prometer un ajuste correspondiente en una hoja de términos de venta antes de que esté acreditado.
• Suponer que la inclusión en una lista de enfoques cooperativos significa que todos los proyectos son admisibles.
• Editar el inventario corporativo para reflejar el ajuste contable de la Parte.
Rule
MITO / REALIDAD
Mito: un crédito de carbono de alta calidad de los EAU es automáticamente «conforme con Article 6 del Acuerdo de París». Realidad: la calidad, el estado en el registro nacional, la aprobación de la actividad, la autorización, la primera transferencia, el seguimiento de las unidades y los ajustes correspondientes son cuestiones independientes.
Preparación
Lista de comprobación para empresas sobre Article 6
- • Se documenta el uso previsto.
- • Se identifica el mecanismo o el enfoque cooperativo.
- • Se identifica la DNA de los EAU / la autoridad competente.
- • Se obtiene la aprobación del país anfitrión.
- • Se obtienen el ID y la versión de la autorización.
- • Se comprueban el propósito, la cantidad, las añadas y las condiciones.
- • Se registran la regla y la fecha de la primera transferencia.
- • Se concilian los ID de las unidades subyacentes y el registro.
- • Se aprueban los derechos de declaración del comprador/vendedor.
- • Se conserva la evidencia del ajuste correspondiente.
- • El inventario corporativo permanece separado.
- • Se supervisan los cambios o las retiradas.
Article 6.2 proporciona orientación sobre contabilidad y presentación de informes a nivel de las Partes para enfoques cooperativos que utilizan resultados de mitigación transferidos internacionalmente. Article 6.4 es el mecanismo de acreditación supervisado por la CMNUCC; una reducción autorizada de Article 6.4 sigue la contabilidad de Article 6.2 en la primera transferencia.
Preguntas
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el Artículo 6.2 y el Artículo 6.4?
El Artículo 6.2 proporciona orientación sobre la contabilidad y la presentación de informes a nivel de las Partes para los enfoques cooperativos que utilizan resultados de mitigación transferidos internacionalmente. El Artículo 6.4 es el mecanismo de generación de créditos supervisado por la CMNUCC; una reducción autorizada conforme al Artículo 6.4 sigue la contabilidad del Artículo 6.2 en la primera transferencia.
¿Un crédito de carbono de los EAU es automáticamente un ITMO?
Mito: un crédito de carbono de los EAU de alta calidad es automáticamente «conforme con el Artículo 6 del Acuerdo de París». Realidad: la calidad, el estado en el registro nacional, la aprobación de la actividad, la autorización, la primera transferencia, el seguimiento de las unidades y los ajustes correspondientes son cuestiones separadas.
¿Cuál es la DNA de los EAU para el Artículo 6.4?
Los Requisitos de participación de la Parte anfitriona de los EAU para el Artículo 6.4 designan al MOCCAE como la Autoridad Nacional Designada para el Artículo 6.4. El formulario enumera los tipos de actividades que los EAU considerarían aprobar, incluidas las energías renovables, la eficiencia, la descarbonización industrial, los residuos, las soluciones basadas en la naturaleza y otras tecnologías elegibles.
¿Qué es un ajuste correspondiente?
El Manual de referencia del Artículo 6.2 de la CMNUCC explica que los ajustes correspondientes no cambian el inventario nacional de GEI. Ajustan un balance de emisiones utilizado para contabilizar una NDC: la Parte transferente añade la cantidad transferida a su balance y la Parte adquirente resta la cantidad que utiliza, siguiendo el método contable aplicable. Se trata de una contabilidad a nivel de las Partes, no de un interruptor de software que edite el inventario de Alcance 1, Alcance 2 o Alcance 3 de una empresa.
¿El JCM entre Japón y los EAU autoriza todos los proyectos?
La tabla de enfoques cooperativos de la CMNUCC incluye el CA0035, el Mecanismo de Acreditación Conjunta entre Japón y los EAU. Ninguno de estos registros a nivel nacional sustituye las pruebas específicas del proyecto sobre aprobación, autorización, emisión y fundamentación de las declaraciones.
Sources
Primary sources
- Decreto-Ley Federal n.º (11) de 2024 sobre la reducción de los efectos del cambio climático
- Resolución del Gabinete n.º (67) de 2024 relativa al Registro Nacional de Créditos de Carbono
- Manual de referencia del Artículo 6.2 de la CMNUCC
- Requisitos de participación de la Parte anfitriona de los EAU para el mecanismo del Artículo 6.4
- Tabla de enfoques cooperativos de la CMNUCC
- Primer informe bienal de transparencia de los Emiratos Árabes Unidos
- Tercera Contribución Determinada a Nivel Nacional de los Emiratos Árabes Unidos (NDC 3.0)
Take it with you
The checklists as a working spreadsheet
Every checklist and table on this page, with empty status, owner and evidence columns for your team to fill in and keep.
✓ LRA AI Assistant · Human-in-the-loop
Ask about this guide
Responde a partir de esta página y consulta las fichas de divulgación enlazadas cuando tu pregunta se refiere a la propia norma. Tus dos primeras respuestas son gratuitas sin iniciar sesión.
Profundizar · UAE FDL 11 / 2024
Formación sobre la Ley Climática de los EAU
Obligaciones derivadas del Decreto-Ley Federal n.º 11 de 2024, desde el inventario hasta el plan de reducción.
Available as Guided Flex, Live Cohort, 1:1 Expert Mentorship or Corporate Programme.
