Corea del Sur establece una vía obligatoria para la divulgación de información climática
Corea del Sur ha establecido cómo se incorporará la divulgación de información climática al sistema legal de presentación de información. La hoja de ruta define el alcance propuesto y la introducción gradual, pero aún se requieren modificaciones legislativas.

Corea del Sur ha finalizado una hoja de ruta para la divulgación obligatoria de información sobre sostenibilidad y la ha vinculado a las primeras normas emitidas por Korea Sustainability Standards Board (KSSB). Está previsto que el régimen comience en 2028 con la presentación de información climática por parte de las empresas más grandes cotizadas en KOSPI, mientras que las normas seguirán disponibles para su aplicación voluntaria antes y paralelamente a los requisitos legales.
Las primeras normas de KSSB
El KSSB publicó oficialmente su primer conjunto de Normas de Divulgación de Sostenibilidad el 26 de febrero de 2026. La Norma n.º 1, Requisitos generales para la divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad, establece las bases conceptuales y los requisitos generales para las divulgaciones financieras relacionadas con la sostenibilidad. La Norma n.º 2, Divulgaciones relacionadas con el clima, aborda los riesgos y las oportunidades relacionados con el clima.
La Norma n.º 1 se basa en IFRS S1, mientras que la Norma n.º 2 se basa en IFRS S2. Ambas utilizan la arquitectura de presentación de información de ISSB, que comprende gobernanza, estrategia, gestión de riesgos y métricas y objetivos.
La Norma n.º 1 proporciona el marco general para las cuestiones relacionadas con la sostenibilidad. La Norma n.º 2 aplica ese marco a los riesgos y las oportunidades relacionados con el clima, incluidas las emisiones de gases de efecto invernadero y las métricas conexas.
Las Normas KSSB respaldan la presentación de información comparable internacionalmente, pero adaptan la referencia ISSB al régimen nacional de Corea del Sur. La presentación obligatoria de información abarcará inicialmente únicamente la información climática. Podrán divulgarse voluntariamente otros asuntos relacionados con la sostenibilidad, mientras que la divulgación de los precios internos del carbono y de las métricas basadas en la industria también será opcional.
Por tanto, las normas coreanas se basan en IFRS S1 y IFRS S2, pero no constituyen una aplicación idéntica de las Normas ISSB.
De las normas voluntarias a la presentación de información exigida por ley
Las normas son definitivas y actualmente están disponibles para su aplicación voluntaria. El régimen obligatorio se establece en la hoja de ruta definitiva de Financial Services Commission de 8 de julio de 2026, pero la presentación de información exigida por ley aún requiere modificaciones a la Ley de Servicios de Inversión Financiera y Mercados de Capitales Act (FSCMA) y a las normas relacionadas.
A partir de 2028, utilizando la información del ejercicio fiscal 2027, las empresas cotizadas en KOSPI con activos consolidados totales de al menos KRW 10 billones deberán divulgar información climática a través de sus informes empresariales. Está previsto que el umbral se reduzca a KRW 5 billones en 2029.
Una posible reducción a KRW 2 billones desde 2030 sigue sujeta a una revisión de las prácticas de presentación de informes y las condiciones del mercado durante 2028 y 2029.
Durante el primer año de presentación de informes, las empresas podrán excluir a las filiales cuyos activos y ventas representen cada uno menos de 10% de los totales consolidados pertinentes. No obstante, deberá divulgarse la información material relacionada con la sostenibilidad de las filiales que se prevea que afectará a la posición financiera de la empresa informante.
La hoja de ruta estima que el perímetro de información abarcará 291 entidades, incluidas las filiales, en 2028 y 3,171 en 2029.
Junto con el régimen obligatorio gradual, Korea Exchange actualizará su sistema de divulgación voluntaria para respaldar la presentación de informes basados en KSSB por parte de empresas fuera del ámbito legal.
Alcance 3, Responsabilidad y verificación
La divulgación de las emisiones de gases de efecto invernadero de Alcance 3 se aplazará durante tres años para cada cohorte de presentación de información. Está previsto que comience en 2031 para el grupo de KRW 10 billones y en 2032 para el grupo de KRW 5 billones.
Si se introduce el umbral de KRW 2 billones, se prevé que la divulgación del Alcance 3 para esa cohorte comience en 2033.
Las pequeñas empresas comprendidas en la Ley Marco sobre las Pequeñas y Medianas Empresas que no sean emisoras intensivas en carbono estarán exentas de la divulgación del Alcance 3.
Durante los tres primeros años, las empresas estarán exentas de responsabilidad por daños y perjuicios, sanciones administrativas y sanciones penales relacionadas con el contenido de la información sobre sostenibilidad. El greenwashing intencional seguirá estando sujeto a responsabilidad por daños y perjuicios y sanciones administrativas.
Más adelante se prevé un puerto seguro para la información incierta cuando la divulgación se realice fielmente, sobre fundamentos razonables y aplicando el mejor criterio.
Está previsto que la verificación por terceros pase a ser obligatoria a partir de 2030. Su alcance, nivel y los requisitos de elegibilidad para los proveedores de verificación se definirán mediante normas posteriores.
Alineación con la línea base de ISSB
La relación entre las Normas KSSB n.º 1 y n.º 2, y IFRS S1 y IFRS S2, proporciona a la información presentada en Corea una estructura reconocible internacionalmente. Para los grupos que ya preparan información basada en ISSB, esto puede reducir la duplicación conceptual en las cuatro áreas de contenido principales.
El régimen coreano seguirá contando con su propio canal legal de presentación, umbrales de información, exenciones de consolidación y disposiciones transitorias. La alineación con ISSB favorece la interoperabilidad, pero no elimina la necesidad de aplicar las normas coreanas y las normas de implementación conforme a sus propios términos.
Enfoque práctico
Para los equipos encargados de la elaboración de informes, el enfoque inmediato se centra en el perímetro de reporte, la asignación de responsabilidades sobre las divulgaciones relacionadas con el clima, la evidencia que sustenta los juicios y las métricas, y la aplicación coherente de la Norma n.º 1 al preparar información conforme a la Norma n.º 2.
El aplazamiento relativo al Alcance 3 proporciona tiempo adicional para la preparación, pero las empresas deberían utilizar este período para desarrollar procesos de recopilación de datos de proveedores, metodologías de cálculo y controles de respaldo. Los controles de divulgación también deberían tener en cuenta los próximos requisitos de verificación.
South Korea ha finalizado las Normas de KSSB y la hoja de ruta normativa, pero el régimen obligatorio aún no se ha completado jurídicamente. Los próximos avances que deberán seguirse son las modificaciones legislativas, las normas detalladas de presentación y el marco de verificación por terceros.