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04 Aug 2026
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ISSB Propone una actualización específica de la taxonomía

La actualización propuesta se centra en el tratamiento digital de las divulgaciones sobre las emisiones de Alcance 3, Categoría 15, y sobre las emisiones financiadas. También revisa cómo se representan las clasificaciones industriales para la banca comercial y las actividades de seguros.


IFRS_Taxonomy_2026

El International Sustainability Standards Board (ISSB) ha propuesto cambios a la IFRS Taxonomía de divulgación de información sobre sostenibilidad 2024 tras las modificaciones a IFRS S2 Climate-related Disclosures publicadas en diciembre de 2025. La propuesta aborda cómo deben representarse las divulgaciones revisadas de emisiones de gases de efecto invernadero en los informes etiquetados digitalmente.

Qué propone el ISSB

IFRS Taxonomía de divulgación de información sobre sostenibilidad 2024 – Actualización propuesta 1 Modificaciones de las divulgaciones de emisiones de gases de efecto invernadero se publicó en julio de 2026. La consulta se cierra el 28 de septiembre de 2026.

La actualización se refiere a la taxonomía digital utilizada para etiquetar las divulgaciones elaboradas conforme a los Estándares ISSB, lo que permite buscar, extraer y comparar la información electrónicamente.

Las modificaciones subyacentes respondían a desafíos específicos de aplicación identificados durante la implementación de IFRS S2. Proporcionan exenciones adicionales y aclaran las exenciones existentes relacionadas con las emisiones de gases de efecto invernadero, en particular el Alcance 3 Categoría 15 y las emisiones financiadas.

Los cambios de IFRS S2 se aplican a los períodos de información anual que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.

Etiquetado de la limitación de la Categoría 15

La versión modificada de IFRS S2 permite a una entidad limitar la medición y divulgación de las emisiones de la Categoría 15 del Alcance 3 a las emisiones financiadas. Al aplicar esta dispensa, la entidad puede excluir las emisiones atribuibles a derivados.

A continuación, la entidad debe explicar qué ha considerado un derivado y describir las actividades financieras excluidas de su medición de la Categoría 15. El ISSB propone un único elemento de texto para etiquetar ambas partes de esta explicación.

Separación entre las emisiones de la Categoría 15 y las emisiones financiadas

Cuando una entidad incluye las emisiones de la Categoría 15 en su medición del Alcance 3, la versión modificada IFRS S2 exige divulgar las emisiones totales de la Categoría 15 y el subtotal de emisiones financiadas incluido en dicho importe.

ISSB propone una nueva tabla lógica utilizando el elemento existente de emisiones brutas absolutas de gases de efecto invernadero del Alcance 3. La estructura distinguiría entre las emisiones totales del Alcance 3, las inversiones de la Categoría 15 y las emisiones financiadas.


IFRS_Taxonomy_Scope 3_2026

Fuente: Estructura taxonómica propuesta para las emisiones de Alcance 3, Categoría 15 y emisiones financiadas, IFRS Taxonomía de divulgación de información sobre sostenibilidad 2024 – Actualización propuesta 1 Modificaciones a las divulgaciones de emisiones de gases de efecto invernadero


Esta tabla existe para la modelización de la taxonomía y no prescribe la estructura del informe destinado a la lectura humana. Las entidades podrían utilizar las mismas etiquetas digitales independientemente de cómo se presenten las cifras.

Cómo se clasifican las emisiones financiadas por industria

Las entidades que realizan actividades de banca comercial o seguros deben desglosar la información sobre sus emisiones financiadas por industria. IFRS S2 anteriormente exigía que este desglose siguiera el Global Industry Classification Standard (GICS).

En virtud de la Norma modificada, GICS ya no es obligatorio. En su lugar, una entidad debe seleccionar un sistema de clasificación industrial que clasifique a sus entidades participadas o contrapartes de manera que permita a los usuarios comprender su exposición a los riesgos de transición relacionados con el clima.

La entidad debe revelar qué sistema de clasificación ha utilizado y explicar cómo su selección cumple ese objetivo.

Para reflejar esta flexibilidad, ISSB propone sustituir el eje específico de GICS en dos tablas de taxonomía de emisiones financiadas por un eje general de «Industria». También propone un nuevo elemento de texto para etiquetar el sistema de clasificación seleccionado y la explicación de su uso.

Cambios cubiertos por elementos existentes

Otras dos enmiendas de IFRS S2 no requieren nuevos elementos taxonómicos.

Una aclara la exención jurisdiccional de aplicar el Protocolo de Gases de Efecto Invernadero: Un estándar corporativo de contabilidad y reporte (2004) cuando solo una parte de una entidad está obligada a utilizar otro método de medición. La otra introduce una exención jurisdiccional del uso de los valores del potencial de calentamiento global del informe de evaluación más reciente del Intergovernmental Panel on Climate Change.

El ISSB concluyó que los elementos taxonómicos existentes ya capturan la información a revelar relacionada. Estos incluyen elementos que abarcan métodos alternativos de medición de gases de efecto invernadero y el enfoque más amplio utilizado para medir las emisiones.

La propuesta también actualiza las referencias afectadas por la renumeración de los párrafos de IFRS S2. No se proponen elementos de transición independientes porque las estructuras taxonómicas existentes pueden etiquetar la información comparativa revisada.

Qué deben resolver los equipos de reporting

Antes del etiquetado, los equipos necesitan decisiones documentadas sobre si la entidad aplicará la limitación de la Categoría 15, cómo se tratarán los derivados, qué actividades financieras se excluirán y qué sistema de clasificación industrial se utilizará.

Cuando las emisiones de la Categoría 15 se incluyen en la medición del Alcance 3, los datos deben distinguir entre las emisiones totales del Alcance 3, las emisiones totales de la Categoría 15 y el subtotal de emisiones financiadas. Las explicaciones narrativas deben estar alineadas con la información cuantitativa y con las etiquetas digitales propuestas.

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