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15 Aug 2024
Noticias

La UE aclara las normas de reporte de sostenibilidad corporativa con nuevas preguntas frecuentes

La Comisión Europea publicó un detallado conjunto de preguntas frecuentes (FAQs) el 7 de agosto de 2024 para clarificar la implementación de la Directiva de reporte de sostenibilidad corporativa de la UE (CSRD) — Directiva (UE) 2022/2464.

Estas preguntas frecuentes ofrecen una orientación importante sobre varios aspectos de la CSRD, así como su interacción con otra legislación clave de la UE, incluyendo:

  • la Directiva de contabilidad (Directiva 2013/34/UE);
  • la Directiva de transparencia (Directiva 2004/109/CE);
  • el Reglamento de divulgación de finanzas sostenibles (SFDR) (Reglamento (UE) 2019/2088).

La nueva orientación responde a aportes de las empresas afectadas y abarca áreas clave como el alcance de la directiva, los plazos para el cumplimiento y las exenciones disponibles. Entre las herramientas prácticas incluidas se encuentra un diagrama de flujo para determinar la cobertura de una entidad bajo los requisitos de reporte de sostenibilidad y del ejercicio financiero aplicable, así como una tabla que detalla las fechas de aplicación para varios tipos de entidades que deben informar sobre sostenibilidad.

En la orientación, se presenta una visión detallada de los requisitos de reporte de sostenibilidad introducidos por la CSRD, cubriendo elementos clave como el alcance, las obligaciones de reporte, la implementación escalonada y las opciones de divulgación voluntaria.

Disposiciones clave de la CSRD

La CSRD introduce cambios significativos en el alcance y los requisitos para el reporte de sostenibilidad, ampliando su alcance para cubrir una gama más amplia de organizaciones. El ámbito de aplicación se define de la siguiente manera:

La CSRD se aplica a una variedad de entidades, incluyendo:

  • Grandes empresas: Estas son organizaciones que cumplen con criterios específicos definidos por la UE, generalmente basados en el tamaño, umbrales financieros o interés público.
  • PYMES (excluyendo microempresas) con valores cotizados en mercados regulados de la UE: Estas empresas, aunque más pequeñas en tamaño, estarán obligadas a cumplir con los estándares de reporte cuando sus valores se negocien en bolsas reguladas por la UE.
  • Empresas matrices de grandes grupos: Estas entidades serán responsables de garantizar que las divulgaciones de sostenibilidad a nivel de grupo cumplan con los requisitos del CSRD.
  • Entidades no pertenecientes a la UE que realizan actividades significativas en la UE o con valores cotizados en mercados regulados de la UE: Estas organizaciones deberán alinear sus informes con el CSRD cuando operen o estén listadas en el mercado de la UE.

Estas disposiciones forman parte de los esfuerzos más amplios del CSRD para mejorar la transparencia y garantizar que los impactos de sostenibilidad sean completamente contabilizados en todos los sectores relevantes.

Requisitos de Reporte:
Los informes de sostenibilidad deben proporcionar información detallada sobre el impacto de la organización en la sostenibilidad, así como cómo los factores de sostenibilidad influyen en su desempeño y desarrollo. Estos informes deben prepararse en cumplimiento con los Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad (ESRS) y presentarse en formato digital utilizando el Formato Electrónico Único Europeo (ESEF). Además, deben someterse a aseguramiento por auditores internos o proveedores de servicios independientes para verificar la exactitud y fiabilidad de la información presentada.

Implementación gradual:

  • A partir de 2024: Entidades de interés público grandes con más de 500 empleados.
  • A partir de 2025: Todas las grandes empresas.
  • A partir de 2026: PYMES, instituciones pequeñas y no complejas, y empresas de seguros cautivas con valores admitidos en mercados regulados de la UE.

Exenciones:
Las empresas matrices que preparan informes consolidados de sostenibilidad pueden eximir a subsidiarias bajo ciertas condiciones. Sin embargo, las entidades con valores cotizados en mercados regulados de la UE no son elegibles para esta exención.

Divulgación voluntaria:
Las PYMES con valores no cotizados en mercados de la UE pueden optar por la divulgación voluntaria, que permanece fuera del alcance del CSRD.

Estos desarrollos tienen como objetivo estandarizar y mejorar la transparencia en la presentación de informes sobre sostenibilidad en toda la UE, alineando las actividades corporativas con los objetivos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG). El enfoque por fases y los requisitos proporcionales ofrecen a las organizaciones la flexibilidad para adaptarse, apoyando al mismo tiempo el compromiso de la UE con la sostenibilidad y la responsabilidad.

Las organizaciones sujetas al CSRD deberían priorizar la alineación de sus prácticas de reporte con la directiva y los estándares ESRS para cumplir con las obligaciones próximas y abordar eficazmente las expectativas de las partes interesadas.


La publicación de estas preguntas frecuentes representa un paso significativo hacia la mejora de la transparencia y la garantía de que las empresas en toda la UE comprendan y cumplan con los requisitos de reporte de sostenibilidad que evolucionan.

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