Enmiendas propuestas a los ESRS: Avances a partir de las discusiones del proceso debido de 2025
A medida que los borradores enmendados de los ESRS avanzan a través del proceso debido de EFRAG, su contenido en evolución ofrece indicios valiosos sobre qué pueden esperar las entidades de futuras obligaciones de reporte. Las discusiones celebradas a finales de noviembre proporcionan señales importantes sobre el alcance y el calendario de los próximos cambios.

Los Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad (ESRS) están avanzando a través de una etapa de transición importante bajo la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). EFRAG publicó los borradores enmendados de los ESRS el 31 de julio de 2025 y abrió un proceso de consulta pública. Estos borradores introducen revisiones al conjunto de ESRS 2023 y reflejan el mandato de simplificación emitido por la Comisión Europea. Los estándares enmendados permanecen en borrador mientras son sometidos al proceso debido de EFRAG, realizado por la Junta de Reporte de Sostenibilidad (SRB) y el Grupo Técnico de Expertos en Reporte de Sostenibilidad (SR TEG). Sólo después de la entrega del asesoramiento técnico y la posterior adopción de un acto delegado, las enmiendas serán legalmente vinculantes.
Los cambios propuestos responden a las preocupaciones planteadas durante el primer ciclo de aplicación de la CSRD. Las revisiones buscan reforzar la claridad, reducir la complejidad innecesaria y apoyar un enfoque más proporcional en las divulgaciones de sostenibilidad.
Revisiones Clave en ESRS 1
La versión actualizada de ESRS 1 introduce una estructura más clara para los requisitos transversales. El borrador consolida definiciones y conceptos relacionados con los límites de reporte, la materialidad y las interacciones entre temas de sostenibilidad. Las secciones revisadas amplían las expectativas relacionadas con la inclusión de información propia de las operaciones en la cadena de valor aguas arriba y aguas abajo, así como de operaciones conjuntas. El borrador aclara cómo las entidades deben aplicar estimaciones, gestionar la incertidumbre y describir las limitaciones de los datos.
Las enmiendas afinan la interacción entre el límite de reporte de sostenibilidad y la consolidación financiera. El borrador explica cuándo pueden surgir diferencias y cómo las entidades deben revelar las razones de cualquier desviación. Esta aclaración pretende reducir inconsistencias en la aplicación de los límites de reporte.
Disposiciones Transitorias y Clasificaciones por Olas
El ESRS 1 enmendado reorganiza las disposiciones transitorias y aclara cómo operan las opciones de incorporación gradual.
Párrafo 130 introduce una distinción formal entre las entidades de " primera ola y otras entidades dentro del alcance de los ESRS. En el texto enmendado, las entidades de " primera ola se describen como aquellas que debían publicar información de sostenibilidad por primera vez respecto del ejercicio financiero 2024, independientemente de si la CSRD ya ha sido transpuesta a la ley nacional en el Estado miembro correspondiente.
Para las entidades de " primera ola , el borrador permite las siguientes omisiones en sus estados de sostenibilidad:
- Todos los requisitos de divulgación en ESRS E4 Biodiversidad y Ecosistemas, ESRS S2 Trabajadores en la Cadena de Valor, ESRS S3 Comunidades Afectadas y ESRS S4 Consumidores y Usuarios Finales para el ejercicio financiero 2026.
- Toda la información sobre efectos financieros anticipados requerida por el ESRS 2 párrafo 27 y por el ESRS E1 (Requisito de divulgación E1-11 Efectos financieros anticipados de riesgos físicos y de transición materiales y oportunidades potenciales relacionadas con el clima) para el ejercicio financiero 2026.
- Información cuantitativa sobre efectos financieros anticipados requerida por el ESRS 2 párrafo 27 y el ESRS E1 (Requisito de divulgación E1-11 Efectos financieros anticipados de riesgos físicos y de transición materiales y oportunidades potenciales relacionadas con el clima) para los ejercicios financieros 2027, 2028 y 2029.
- Información cuantitativa sobre sustancias preocupantes y sustancias (SoC) de muy alta preocupación requerida por el ESRS E2 (Requisito de divulgación E2-5 Sustancias preocupantes y sustancias de muy alta preocupación) para los ejercicios financieros 2026, 2027, 2028 y 2029.
- Para ESRS S1 Propia fuerza laboral en el ejercicio financiero 2026, se podrán omitir los siguientes requisitos de divulgación:
- S1-6 Características de los trabajadores no empleados,
- S1-7 Cobertura de negociación colectiva y diálogo social para países no pertenecientes al EEE
- S1-10 Protección social
- S1-11 Personas con discapacidad
- S1-12 Capacitación y desarrollo de habilidades
- S1-13 Métricas de salud y seguridad en el párrafo 40(d) y 40(e) junto con los puntos de datos de trabajadores no empleados
- S1-14 Métricas de equilibrio entre vida laboral y personal.
Otros compromisos que no forman parte de la primera ola podrán omitir lo siguiente durante los primeros tres años de la preparación de su declaración de sostenibilidad:
- Todos los requisitos de divulgación en ESRS E4, ESRS S2, ESRS S3 y ESRS S4.
- Información cuantitativa sobre efectos financieros anticipados requerida por ESRS 2 párrafo 27 y por ESRS E1 requisito de divulgación E1-11.
- Información cuantitativa relacionada con sustancias preocupantes y sustancias de muy alta preocupación requerida por ESRS E2 requisito de divulgación E2-5.
- Los mismos requisitos de divulgación de ESRS S1 listados para las empresas de "primera ola", a saber, los puntos de datos S1-6, S1-7, S1-10, S1-11, S1-12, S1-13 indicados en el párrafo 40(d) y 40(e), incluidos los puntos de datos sobre no empleados y S1-14.
Además, el capítulo transitorio confirma que en el primer año de aplicación de los ESRS, las empresas no están obligadas a presentar información comparativa de períodos anteriores y que durante los primeros tres años las empresas pueden limitar la información sobre la cadena de valor cuando los datos aún no estén disponibles, siempre que expliquen las brechas de datos y los planes para mejorar la cobertura. Para las empresas que califican como entidades del Artículo 5(2) (primera ola), el alivio relacionado con la cadena de valor no podrá utilizarse después del ejercicio financiero 2026.
Incluso cuando estas divulgaciones se introducen de forma gradual, las empresas aún deben realizar una evaluación de doble materialidad para cada tema. Si un tema es material, deben proporcionar al menos divulgaciones narrativas de alto nivel que describan las políticas, acciones, métricas y objetivos relacionados conforme a los ESRS.
Aclaraciones sobre Doble Materialidad y Diligencia Debida
El ESRS 1 revisado fortalece el vínculo entre las evaluaciones de doble materialidad y la diligencia debida en sostenibilidad. Se espera que los preparadores expliquen las metodologías, fuentes de datos, análisis sectorial e insumos externos que informan la identificación de impactos, riesgos y oportunidades. Las enmiendas enfatizan la necesidad de describir áreas de riesgo elevado, incluidas aquellas asociadas con relaciones comerciales, actividades o geografías específicas.
El borrador desalienta explícitamente las descripciones genéricas o estandarizadas. En su lugar, se espera que los preparadores proporcionen información específica, concisa y útil para la toma de decisiones, adaptada a las circunstancias reales de la empresa.
Revisiones al ESRS 2 de Divulgaciones Generales
El ESRS 2 enmendado introduce una estructura más coherente para los requisitos de divulgación. La sección sobre la base para la preparación ahora brinda una guía más clara sobre los alivios disponibles y cómo las empresas deben reportar su aplicación.
Los cambios notables se refieren a los efectos financieros anticipados. El borrador detalla las circunstancias en las que la información cuantitativa puede omitirse y aclara qué información cualitativa sigue siendo obligatoria. Este ajuste refleja el reconocimiento de que las estimaciones en etapas iniciales a menudo implican alta incertidumbre.
Los requisitos generales de divulgación para políticas, acciones, métricas y objetivos ahora siguen un enfoque único de redacción. Esto favorece la coherencia entre los estándares temáticos y asegura la alineación entre las divulgaciones narrativas y los resultados de la evaluación de materialidad.
Ajustes en los Estándares Ambientales
Los estándares ambientales E1 a E5 han sido reorganizados para mejorar la claridad. El detalle metodológico se ha trasladado a la guía de aplicación. Las enmiendas también enfatizan el uso de evidencia científica cuando sea aplicable y aclaran el tratamiento de las métricas de la cadena de valor. Los puntos de datos derivados de otra legislación de la UE se integran de manera consistente mediante el mapeo provisto en ESRS 2.
Actualizaciones en los Estándares Sociales S1 a S4
Los estándares sociales han sido revisados para alinear la terminología y estructura con los requisitos transversales. Las definiciones de grupos de interés afectados y las descripciones de los vínculos con la diligencia debida se han armonizado con ESRS 1. Varios puntos de datos se han consolidado para reducir la carga de reporte. Las disposiciones transitorias permanecen alineadas con las medidas de implementación progresiva más amplias aplicables a la primera ola y otras empresas.
Desarrollos en las Divulgaciones sobre Conducta Empresarial
El estándar de conducta empresarial ESRS G1 ha sido reorganizado para separar los requisitos obligatorios de las orientaciones ilustrativas. Las enmiendas aclaran las expectativas relacionadas con los procedimientos anticorrupción, la protección de denunciantes, el compromiso político y las prácticas de pago. El borrador también proporciona una guía más detallada sobre la identificación de roles expuestos a riesgos de conducta y explicaciones de incidentes confirmados.
Conclusión
Las enmiendas propuestas publicadas en julio de 2025 representan un paso significativo en el perfeccionamiento del marco ESRS. Reflejan los comentarios del primer ciclo de reporte y buscan mejorar la claridad, proporcionalidad y coherencia. ESRS 2 y las normas temáticas incorporan mejoras estructurales y se relacionan con las medidas transitorias establecidas en ESRS 1. A medida que continúan las discusiones del debido proceso y se evalúan los comentarios de la consulta, el Acto Delegado final determinará qué enmiendas serán obligatorias para los períodos de reporte futuros.