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29 Sep 2025
Noticias

EBA emite carta de no acción sobre divulgaciones ESG y actualiza el panel de riesgos

A medida que los requisitos de divulgación relacionados con la sostenibilidad continfaan evolucionando en todo el sector financiero de la UE, las instituciones regulatorias están ajustando su orientación para apoyar una implementación fluida.


EBA

Recientemente, la Autoridad Bancaria Europea (EBA) emitió una carta de no acción que aborda la aplicación de las obligaciones de divulgación ESG bajo el marco del Pilar 03. Simultáneamente, la EBA publicó un panel de riesgos ESG actualizado que refleja datos al diciembre de 2024. Estos pasos tienen como objetivo proporcionar claridad regulatoria durante una fase transitoria compleja en el reporte de sostenibilidad para las instituciones de la UE.

Antecedentes legales y contexto regulatorio

La carta de no acción de la EBA tiene como objetivo abordar las incertidumbres legales y operativas vinculadas al marco de divulgación ESG en evolución, a la luz de las enmiendas propuestas en virtud del paquete legislativo Omnibus de la Comisión Europea sobre reporte de sostenibilidad.

La carta de no acción se fundamenta en el artedculo 9c del Reglamento (UE) nba 1093/2010, que facultad a la EBA para emitir tales comunicaciones cuando la aplicación de un acto legislativo relevante puía plantear problemas significativos. Esto incluye casos en los que las disposiciones puían entrar en conflicto con otro acto o donde, segfan la información disponible, su aplicación pudiera afectar negativamente la confianza del mercado, la protección del inversor o la estabilidad financiera.

Esta acción sigue a la introducción de nuevos requisitos de divulgación ESG bajo el CRR3 (Reglamento (UE) 2024/1624), vigente desde el 1 de enero de 2025, y se alinea con la revisión en curso de los Estándares Técnicos Implementadores (ITS) sobre divulgaciones ESG del Pilar 03. Mientras que las obligaciones de reporte ESG bajo el artedculo 449a CRR aplicaban inicialmente solo a grandes instituciones cotizadas, el CRR3 amplía el alcance a todas las instituciones. Paralelamente, el Reglamento Implementador de la Comisión (UE) 2024/3172 agrega requisitos técnicos adicionales. En conjunto, estos desarrollos han generado incertidumbre legal y operativa, particularmente en cuanto a plantillas especedficas y el momento de su exigibilidad durante la transición.

Alcance y contenido de la carta de no acción

La EBA aclara que, hasta que el ITS modificado entre en vigor, se espera que las autoridades competentes no prioricen acciones supervisoras o de cumplimiento relacionadas con varias plantillas de divulgación ESG. Esto aplica especedficamente a las plantillas EU 06 a EU 0A y columnas seleccionadas en Plantillas 1 y 4. Se recomienda el mismo enfoque respecto a la recopilación supervisora de estas plantillas, tal como se establece en la Decisión EBA EBA/DC/498.

La carta de no acción refleja propuestas detalladas en el documento de consulta de la EBA de mayo de 2025, demostrando además la intención de la Autoridad de apoyar una transición coherente y jureddicamente sólida hacia prácticas revisadas de divulgación.

Panel de riesgos ESG: conclusiones clave

Junto con la carta, la EBA publicó un panel actualizado de riesgos ESG que incorpora datos del cierre del año 2024. El panorama actual de riesgos en las instituciones de la UE/EEE permanece en general estable. Esto refleja la naturaleza estructural de los riesgos climáticos y ambientales y la reasignación gradual de carteras bancarias.

La EBA indica que las futuras ediciones del panel se ajustarán para reflejar el ITS revisado y alinearse con las expectativas supervisivas comunicadas a través de la carta de no acción. El panel sigue siendo una herramienta clave de monitoreo en el entorno cambiante de riesgos ESG, y su metodología evolucionará en paralelo con las normas de reporte.

Conclusión

El enfoque de la EBA refleja un equilibrio entre la ambición regulatoria y el realismo operativo. Al emitir una carta de no acción y adaptar sus herramientas de supervisión, la Autoridad brinda a las instituciones tiempo para ajustarse, mientras mantiene el impulso en mejorar la transparencia sobre los riesgos ESG. Las normas en evolución bajo el Pilar 3 requieren planificación estratégica e inversión sostenida en infraestructura de datos ESG. Las instituciones que utilicen sabiamente la transición actual estarán mejor posicionadas para el cumplimiento total en el próximo ciclo de reporte.

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