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11 Dec 2025
Noticias

Acuerdo Provisional sobre las Reglas Actualizadas de Información y Diligencia Debida en Sostenibilidad

Las instituciones de la UE se están acercando a la finalización de cambios significativos en el marco de información y diligencia debida en sostenibilidad. El paquete Omnibus I, diseñado para simplificar las obligaciones existentes y reducir las cargas administrativas, ha progresado rápidamente tras el reciente acuerdo político y la publicación del texto jurídico consolidado.


EU

El Parlamento Europeo y el Consejo han continuado avanzando en el acuerdo provisional sobre reglas simplificadas de información y diligencia debida en sostenibilidad para las empresas, presentado como parte del paquete de simplificación Omnibus I. Tras el anuncio inicial el 9 de diciembre de 2025, la posterior confirmación y pasos procedimentales a nivel del Consejo han reforzado la trayectoria legislativa del acuerdo.

Ajustes de Alcance y Reducción de Costes

Según la revisada Directiva sobre Información Corporativa de Sostenibilidad (CSRD), el alcance aplicará a empresas con más de 1 000 empleados y una facturación neta anual de al menos 450 millones de euros. Para la Directiva sobre Diligencia Debida Corporativa en Sostenibilidad (CSDDD, también referida como CS3D), el alcance cubrirá empresas con más de 5 000 empleados y una facturación neta de al menos 1.500 millones de euros. Estos umbrales reducen sustancialmente el número de empresas afectadas en comparación con propuestas anteriores.

Durante una rueda de prensa conjunta en el Parlamento Europeo el 9 de diciembre de 2025, el ponente JURI Jörgen Warborn y el Ministro danés de Industria, Empresa y Asuntos Financieros Morten Bødskov presentaron estimaciones actualizadas sobre el impacto del alcance revisado. Estas sugieren que alrededor del 85% de las empresas originalmente previstas bajo CSDDD ahora quedarán fuera del alcance revisado, mientras que, según la Presidencia danesa, aproximadamente el 80% de las empresas danesas inicialmente cubiertas por las obligaciones de CSRD ya no estarán incluidas. En la práctica, el nuevo régimen orienta las obligaciones regulatorias a un número relativamente reducido de grandes empresas con mayor influencia sobre sus cadenas de valor.

El acuerdo continúa enmarcándose como un esfuerzo importante de simplificación dirigido a reducir las cargas administrativas. La propuesta original de la Comisión Europea estimaba que el paquete Omnibus I podría generar reducciones anuales en costes de información en sostenibilidad de alrededor de 4.500 millones de euros. El compromiso final va más allá al introducir medidas adicionales de alivio, incluyendo una exención específica para ciertas sociedades holding financieras, exenciones aclaradas a nivel de grupo para filiales, y la decisión de mantener la verificación limitada sobre la información de sostenibilidad en lugar de avanzar hacia una auditoría completa o una verificación razonable más rigurosa en el corto plazo.

Cambios en los Planes de Transición Climática y Requisitos de Diligencia Debida

Bajo la CSRD, el lenguaje respecto a los planes de transición climática permanece sin cambios en comparación con la propuesta de la Comisión. En contraste, bajo la CSDDD se eliminó completamente la obligación para las empresas incluidas en el alcance de adoptar un plan de transición climática. Este resultado se alinea con el mandato negociador del Parlamento Europeo y tiene la intención explícita de reducir costes y complejidad para las empresas.

El proceso de diligencia debida descrito en el Artículo 8 se ha perfeccionado para centrarse en identificar los riesgos reales y potenciales más severos, utilizando la información razonablemente accesible. No se requerirá a las empresas realizar un mapeo exhaustivo de cada socio comercial en sus cadenas de valor. En cambio, se espera que concentren los esfuerzos de diligencia debida en aquellas partes de sus cadenas de actividades donde es más probable que ocurran impactos adversos o donde estos sean más graves, reduciendo así las demandas innecesarias de informes en cascada para entidades más pequeñas.

Sanciones, Ajustes de Umbrales y Requisitos de Información

Bajo la CSDDD, las sanciones se han establecido en un nivel máximo del 3% de la facturación neta mundial de una empresa, con directrices adicionales que serán emitidas por la Comisión y los estados miembros. El cronograma de implementación se ha extendido en un año adicional, con el plazo de transposición pospuesto y las fechas de aplicación correspondientes para las empresas igualmente retrasadas.

En el ámbito de la presentación de informes, el texto revisado faculta a la Comisión para ajustar los umbrales de facturación neta para la presentación de informes de sostenibilidad mediante actos delegados, con el fin de tener en cuenta la inflación a lo largo del tiempo. Además, una cláusula de revisión exige que la Comisión informe cada cinco años sobre la implementación y eficacia de la CSDDD y, cuando sea oportuno, proponga cambios legislativos, incluyendo en relación con el ámbito de aplicación de la directiva.

Para las empresas dentro del ámbito de aplicación de la CSRD, las disposiciones actualizadas confirman que deben divulgar información sobre los principales recursos intangibles y explicar cómo su modelo de negocio y creación de valor dependen de dichos recursos. Esto alinea los requisitos existentes relacionados con la presentación de informes sobre intangibles con el nuevo alcance más limitado de la directiva.

Para apoyar procesos de reporte coherentes y eficientes, bajo la CSRD se establecerá un portal digital para la presentación de informes de sostenibilidad, proporcionando a las empresas acceso a plantillas de informes y guías sobre los requisitos de la UE y nacionales. En la práctica, esto funcionará como un punto único de acceso para herramientas de informes de sostenibilidad.

Contexto Económico y Procedimental

El contexto más amplio del acuerdo se centra firmemente en mejorar la competitividad de la UE. La Presidencia Danesa ha enmarcado consistentemente el paquete Omnibus I como una respuesta a las crecientes presiones competitivas globales y a las preocupaciones de que requisitos regulatorios complejos, especialmente en el área de sostenibilidad, puedan estar desviando recursos de la innovación y la inversión verde. Al reducir el alcance y simplificar el marco de informes y diligencia debida, los colegisladores buscan liberar capacidad para que las empresas se enfoquen en su negocio principal y en inversiones estratégicas para la transición verde.

El 10 de diciembre de 2025, el Comité de Representantes Permanentes confirmó el acuerdo provisional y autorizó la transmisión de una carta formal al Comité de Asuntos Jurídicos (JURI) del Parlamento Europeo. En dicha carta, el Consejo indica que adoptará el acto si el Parlamento aprueba el texto acordado en primera lectura. El Consejo también ha publicado el texto legal final del Omnibus I en el mismo documento. Tras la votación en el Comité JURI, se espera que el expediente pase al pleno del Parlamento en Estrasburgo el 16 de diciembre. Si se aprueba allí, el paquete Omnibus I será formalmente adoptado y se convertirá en ley de la UE tras su publicación en el Diario Oficial, tras lo cual deberá transponerse a la legislación nacional.

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